El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) anunció una modificación sustancial en su Manual de Políticas que reduce de manera significativa el período máximo de validez de los Documentos de Autorización de Empleo (EAD). La medida, que forma parte de una estrategia más amplia de revisión y control migratorio, impactará a numerosas categorías de extranjeros que dependen de estos permisos para trabajar legalmente en el país.
Según la actualización, los permisos de trabajo —que durante años podían emitirse con vigencias de hasta cinco años— pasarán a tener un máximo de 18 meses para grupos considerados de “mayor sensibilidad” en términos de verificación de antecedentes. USCIS argumenta que esta reducción permitirá realizar evaluaciones de seguridad más frecuentes, con el fin de identificar solicitudes fraudulentas o casos que representen riesgos para la seguridad nacional.
El director de USCIS, Joseph Edlow, sostuvo que la medida responde a prioridades de seguridad revisadas tras incidentes recientes. Según sus declaraciones, investigaciones más frecuentes permitirán detectar con mayor rapidez a extranjeros que puedan estar involucrados en actividades contrarias a los intereses estadounidenses o en conductas que vulneren la seguridad pública.
Las categorías afectadas por el nuevo límite de 18 meses incluyen:
– Personas admitidas como refugiados.
– Beneficiarios de asilo.
– Extranjeros con suspensión de deportación o remoción.
– Solicitantes de asilo o suspensión de remoción con casos pendientes.
– Solicitantes de ajuste de estatus bajo la sección 245 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad.
– Solicitantes de cancelación de deportación o ayuda bajo la Ley de Ajuste Nicaragüense y Alivio para Centroamérica.
Estos cambios aplican a toda solicitud de autorización de empleo pendiente o presentada a partir del 2 de diciembre de 2025.
Además, USCIS recordó que la legislación aprobada por el Congreso —la ley H.R. 1, promulgada el 4 de julio de 2025— establece límites aún más estrictos para otras categorías. Bajo esta norma, el período máximo de vigencia del permiso será de un año o del tiempo autorizado por el estatus temporal correspondiente, lo que resulte menor. Estas disposiciones afectan a:
– Refugiados con permiso de permanencia temporal.
– Beneficiarios del Estatus de Protección Temporal (TPS).
– Personas con permiso de permanencia temporal (“parole”).
– Solicitantes de TPS con casos pendientes.
– Cónyuges extranjeros de empresarios con permiso temporal.
USCIS ya había adelantado estos lineamientos en una notificación publicada en el Registro Federal el 22 de julio de 2025, fecha desde la cual los nuevos parámetros son aplicables a cualquier Formulario I-765 en trámite o presentado posteriormente.
La actualización supone un cambio profundo en la política migratoria reciente, pues incrementa la frecuencia de renovaciones y revisiones, y coloca a decenas de miles de solicitantes en un ciclo más estricto de control. Para muchos inmigrantes, especialmente quienes dependen de permisos prolongados para mantener estabilidad laboral, la medida representa una nueva capa de incertidumbre en un entorno migratorio cada vez más rígido.
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