Hombre mostrando documento en escritorio con sello presidencial

Juez federal bloquea intento de Trump de deportar venezolanos bajo ley de guerra del siglo XVIII

En una decisión con profundas implicaciones legales y políticas, un juez federal en Texas desestimó el uso de la arcaica Ley de Enemigos Extranjeros como fundamento para la deportación sumaria de inmigrantes venezolanos presuntamente vinculados a organizaciones criminales. La resolución representa el primer pronunciamiento judicial definitivo que impide al presidente Donald Trump aplicar esta legislación de 1798 con fines migratorios.

El juez Fernando Rodríguez Jr., designado por el propio Trump en 2018 para la Corte de Distrito de Estados Unidos, rechazó de manera categórica la proclamación presidencial que buscaba identificar y deportar de forma expedita a supuestos integrantes de la banda criminal Tren de Aragua, originaria de Venezuela. Según dictaminó el magistrado, la proclamación excedía el marco legal de la norma y carecía del sustento necesario para considerar a los migrantes como una amenaza en tiempo de guerra, condición indispensable para activar dicha ley.

«La ley fue concebida para circunstancias extraordinarias de conflicto armado entre naciones, no para abordar problemas de seguridad interna vinculados al crimen organizado», señaló Rodríguez en su fallo. El gobierno del presidente Trump había sostenido que el Tren de Aragua actuaba como un brazo operativo del régimen de Nicolás Maduro y que su presencia en el país constituía una invasión silenciosa. No obstante, el tribunal concluyó que ni la estructura delictiva ni sus acciones se ajustaban a la definición legal de «invasión» o «incursión depredadora», elementos centrales para la aplicación de la Ley de Enemigos Extranjeros.

La proclamación, emitida en marzo, generó una intensa ola de litigios, especialmente tras conocerse que el gobierno se proponía trasladar a los detenidos al Centro de Confinamiento del Terrorismo (CECOT) en El Salvador, una prisión de máxima seguridad que ha sido objeto de numerosas críticas por supuestas violaciones de derechos humanos. La Unión Estadounidense por las Libertades Civiles (ACLU, por sus siglas en inglés) encabezó la demanda contra la medida, señalando que el Congreso jamás autorizó el uso de esta ley en contextos migratorios.

El fallo del juez Rodríguez añade una nueva dimensión al debate sobre los límites del poder presidencial en materia de inmigración. Aunque la Casa Blanca de Trump ha sostenido en otras ocasiones posturas expansivas sobre la autoridad ejecutiva en situaciones de “emergencia nacional”, esta decisión judicial subraya que incluso los poderes extraordinarios tienen fronteras legales bien definidas.

En respuesta a la decisión, la administración del presidente Trump podría optar por apelar ante el Tribunal de Apelaciones del Quinto Circuito, con sede en Nueva Orleans, conocido por su composición marcadamente conservadora. De no obtener una resolución favorable, el caso podría llegar a la Corte Suprema, donde ya se ha intervenido anteriormente en controversias relacionadas con la aplicación de esta ley en contextos migratorios.

Cabe recordar que la Ley de Enemigos Extranjeros ha sido utilizada solo en tres ocasiones en la historia del país, siendo su uso más reciente durante la Segunda Guerra Mundial, cuando fue invocada para justificar la internación de ciudadanos estadounidenses de origen japonés. El precedente judicial establece que cualquier intento de revivir su aplicación debe estar estrictamente justificado y limitado por las condiciones históricas que le dieron origen.

El escenario legal aún está en desarrollo, y cualquier intento de revocar el fallo enfrentará no solo el escrutinio judicial, sino también un debate público sobre el alcance de los poderes presidenciales en una democracia constitucional. En un contexto político marcado por la polarización y la retórica antiinmigrante, la resolución del juez Rodríguez se presenta como un recordatorio de que el Estado de derecho sigue siendo un contrapeso fundamental, incluso frente a las interpretaciones más agresivas del poder ejecutivo.

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