Tarjeta residencia permanente estadounidense con bandera de fondo.

Autoridades de EE.UU. advierten a residentes permanentes: portar la green card es obligatorio

La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP) ha emitido una advertencia dirigida a los residentes permanentes legales del país: portar la tarjeta de residencia permanente (green card) en todo momento no es opcional, sino una obligación legal.

Según el Título II, Sección 264 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA § 264), toda persona con estatus de residente permanente en EE.UU. debe llevar consigo su green card original en todo momento. El incumplimiento de esta norma puede considerarse una infracción de tipo menor, sujeta a multas económicas e incluso detención en circunstancias específicas.

¿Qué implica esta normativa?

De acuerdo con la legislación vigente, el hecho de ser titular de una residencia permanente no exime de cumplir con ciertas obligaciones formales. Entre ellas, destaca la necesidad de poder presentar la green card ante cualquier autoridad migratoria o de seguridad que la solicite, ya sea en aeropuertoscontroles de tránsito o interacciones rutinarias con agentes federales.

Portar únicamente una fotocopia o versión digital no satisface el requerimiento legal. La CBP ha subrayado que la tarjeta física debe estar disponible ante cualquier solicitud oficial.

¿Cuál es la consecuencia de no llevarla?

Aunque muchas veces esta infracción no conlleva consecuencias severas, existen escenarios en los que no portar la green card podría llevar a una detención temporal, sobre todo si se produce en zonas fronterizas o bajo operativos migratorios intensificados. La multa puede alcanzar hasta los 100 dólares y, en ciertos casos, derivar en procesos legales por incumplimiento de la normativa migratoria.

Recomendación para residentes permanentes

  • Llevar siempre consigo la green card original.
  • Evitar guardar la tarjeta en lugares de difícil acceso en caso de requerimiento inmediato.
  • En viajes nacionales, inclúyela entre los documentos esenciales junto al carné de conducir o la identificación estatal.
  • En caso de pérdida, iniciar de inmediato el proceso de reposición mediante el formulario I-90 ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS).

Esta advertencia responde a una serie de revisiones recientes en los protocolos de identificación de residentes permanentes, en un contexto donde la vigilancia migratoria ha aumentado bajo la actual administración.

#GreenCard #CBP #ResidentePermanente #EEUU #Inmigración #LeyMigratoria #CubaHerald

Autor

×