El gobierno de Cuba aprobó una regulación que amplía el control sobre trabajadores por cuenta propia, mipymes y otros actores económicos no estatales, obligándolos a vigilar a sus clientes y reportar posibles vínculos con el financiamiento al terrorismo, según disposiciones oficiales recientes.
La norma establece que estos actores no podrán prestar servicios a personas incluidas tanto en listas internacionales como en la denominada Lista Nacional de personas y entidades vinculadas a acciones terroristas. No obstante, esta última es un instrumento elaborado por las propias autoridades cubanas conforme a sus políticas internas y lineamientos jurídicos, y no cuenta con reconocimiento a nivel internacional, lo que ha generado cuestionamientos sobre su alcance y legitimidad fuera del país.
Además, los negocios deberán informar de inmediato a las autoridades cualquier coincidencia o sospecha, bajo riesgo de sanciones. En la práctica, esto implica que el Estado traslada al sector privado funciones de supervisión y control, incluyendo la obligación de reportar operaciones consideradas sospechosas y colaborar activamente con los órganos de investigación financiera.
La medida se implementa en un contexto marcado por críticas a la utilización de esta lista nacional, en la que —según denuncias de diversos sectores— han sido incluidos opositores y personas críticas con el sistema político. Este elemento añade una dimensión política al debate, al no existir mecanismos independientes que validen o revisen dichas designaciones.
En este escenario, crece la preocupación de que la normativa no solo tenga un objetivo financiero o de prevención del delito, sino que también refuerce el control sobre la actividad económica independiente, aumentando la presión regulatoria sobre quienes operan fuera del sector estatal.
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