EE.UU. restringe pagos a través de bancos estatales cubanos en exportaciones de combustible al sector privado

El Departamento de Comercio de Estados Unidos anunció un cambio en las normas que regulan ciertas exportaciones hacia Cuba, al impedir que las operaciones de pago vinculadas a ventas de combustible para el sector privado cubanoutilicen bancos controlados por el Estado en la isla. La disposición comenzó a aplicarse el 4 de marzo de 2026.

La medida fue emitida por el Buró de Industria y Seguridad (BIS), organismo encargado de supervisar las exportaciones estadounidenses. A partir de ahora, las transacciones que se amparen en la licencia especial “Support for the Cuban People” (SCP) no podrán procesarse si implican depósitos de divisas en instituciones financieras estatales cubanas.

La licencia SCP ha sido utilizada durante años para permitir ciertas exportaciones destinadas a emprendimientos privados y actividades económicas independientes en Cuba, incluyendo suministros energéticos dirigidos a pequeñas empresas y negocios emergentes. Sin embargo, la nueva regulación introduce límites en el canal financiero que puede emplearse para completar estos pagos.

De acuerdo con el comunicado oficial, la decisión se relaciona con preocupaciones sobre el funcionamiento del sistema bancario en la isla, así como con la inclusión de varias entidades financieras cubanas en la llamada “Cuba Restricted List”, una lista elaborada por Washington que agrupa instituciones vinculadas a estructuras militares o de seguridad del Estado.

Las autoridades estadounidenses sostienen que, si las transacciones pasan por bancos estatales, existe el riesgo de que parte de los ingresos termine beneficiando a organismos del aparato gubernamental, lo que contradiría el objetivo de los programas diseñados para respaldar directamente a la iniciativa privada en la isla.

En términos prácticos, el cambio afecta sobre todo la forma en que se pagan las ventas de gas y otros derivados del petróleo destinados a las mipymes cubanas, obligando a utilizar mecanismos financieros alternativos fuera del sistema bancario estatal de Cuba.

El documento también aclara que la restricción no bloquea completamente estas operaciones, siempre que el pago se realice mediante instituciones financieras extranjeras o plataformas que no impliquen transferencias a bancos cubanos.

Además, la normativa incluye una disposición temporal para las operaciones que ya estaban en curso cuando entró en vigor la medida. Aquellas exportaciones que estuvieran en tránsito el 4 de marzo podrán concluir si responden a pedidos previamente formalizados y se completan antes del 3 de abril de 2026.

Las reglas federales estadounidenses continúan estableciendo que la exportación de combustibles hacia Cuba generalmente requiere autorizaciones específicas, aunque el BIS señaló que la licencia SCP seguirá vigente en determinados casos, siempre que las operaciones cumplan con los requisitos establecidos y no involucren el sistema bancario estatal de la isla.

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