El Tribunal Supremo de España condenó este lunes al exministro de Transportes José Luis Ábalos a 24 años y tres meses de prisión y a su exasesor Koldo García a 19 años y ocho meses, tras considerar probado que ambos participaron junto al empresario Víctor de Aldama en una organización criminal dedicada a obtener beneficios mediante contratos públicos y favores vinculados a la Administración.
La sentencia, adoptada por unanimidad, atribuye a Ábalos y García delitos de organización criminal, cohecho, malversación y tráfico de influencias. No obstante, el periodo máximo de cumplimiento efectivo quedó fijado en 16 años y medio para el exministro y en 15 años para su antiguo colaborador.
Aldama recibió una condena de cuatro años y medio, inferior a los siete años solicitados por la Fiscalía. Sin embargo, el tribunal suspendió su ingreso en prisión al valorar como decisiva su colaboración para descubrir y demostrar los delitos investigados.
La suspensión está condicionada a que el empresario no vuelva a delinquir, presente informes semestrales sobre sus actividades y complete un año de trabajos en beneficio de la comunidad.
El fallo sostiene que los tres acusados integraron una estructura organizada con un reparto definido de funciones. Ábalos utilizaba, según la sentencia, la influencia derivada de sus cargos en el Gobierno y el PSOE; Koldo García actuaba como intermediario y ejecutor de las gestiones; mientras Aldama conectaba sus intereses empresariales y los de terceros con distintos niveles de la Administración.
Entre los hechos considerados probados figura la adjudicación de contratos para suministrar 13 millones de mascarillas a Puertos del Estado y Adif durante la pandemia de coronavirus. Las operaciones alcanzaron un valor conjunto de 36 millones de euros y beneficiaron a una empresa vinculada al empresario.
El Supremo también dio por acreditada una remuneración mensual de 10.000 euros destinada a cubrir gastos asociados a Ábalos, así como la contratación de dos mujeres vinculadas al exministro en empresas públicas sin que realizaran una actividad laboral equivalente a las remuneraciones recibidas.
La sentencia incluye además beneficios inmobiliarios, como el pago del alquiler de una vivienda ocupada por una expareja de Ábalos y un contrato de arrendamiento con opción a compra sobre un inmueble situado en el Paseo de la Castellana, cuyo precio pactado era considerablemente inferior a su valor de mercado.
Aunque el tribunal no consideró demostrado que Ábalos y Koldo recibieran las comisiones inicialmente previstas por los contratos de las mascarillas, concluyó que ambos utilizaron su influencia para favorecer la adjudicación y acordaron recibir contraprestaciones económicas.
Ábalos y García, que permanecían en prisión provisional desde noviembre de 2025 por riesgo de fuga, habían defendido su inocencia durante el juicio. Aldama, en cambio, reconoció parte de los delitos y aportó información que permitió avanzar en la investigación.
El Supremo justificó el trato más favorable concedido al empresario en la necesidad de estimular la colaboración de quienes participan en redes de corrupción, especialmente cuando su testimonio permite descubrir hechos difíciles de acreditar mediante otras pruebas.
La decisión provocó reacciones inmediatas en el escenario político español. Desde el PSOE calificaron de muy severas las condenas contra Ábalos y Koldo, mientras cuestionaron que Aldama evite la cárcel. El Partido Popular, por su parte, responsabilizó políticamente al presidente Pedro Sánchez y reclamó su salida del Gobierno.
La sentencia representa uno de los golpes judiciales más graves contra un antiguo miembro del Ejecutivo español y refuerza el impacto político del denominado caso Koldo, cuyas restantes piezas continúan bajo investigación.
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