La Corte Suprema de Estados Unidos rechazó este martes la orden ejecutiva del presidente Donald Trump que buscaba limitar la ciudadanía por nacimiento para los hijos de inmigrantes indocumentados y de extranjeros presentes temporalmente en el país. La decisión, adoptada por seis votos contra tres, reafirma una de las garantías constitucionales más importantes para las familias inmigrantes.
El máximo tribunal determinó que los niños nacidos en territorio estadounidense son ciudadanos desde el momento de su nacimiento, aunque sus padres no tengan estatus migratorio legal o se encuentren en Estados Unidos con visas temporales. La mayoría sostuvo que esas personas están sometidas a la jurisdicción del país y, por tanto, quedan protegidas por la Cláusula de Ciudadanía de la Decimocuarta Enmienda.
La orden ejecutiva 14160, firmada por Trump el 20 de enero de 2025, instruía a las agencias federales a no reconocer como ciudadanos a determinados niños nacidos en Estados Unidos cuando ninguno de sus padres fuera ciudadano estadounidense o residente permanente. La medida nunca llegó a aplicarse plenamente debido a las órdenes emitidas por tribunales inferiores.
El presidente del tribunal, John Roberts, redactó la opinión mayoritaria y recordó que la ciudadanía por nacimiento tiene profundas raíces en la tradición jurídica estadounidense. El fallo también reafirmó el precedente establecido en 1898 en United States v. Wong Kim Ark, que reconoció como ciudadano a un hombre nacido en California de padres extranjeros.
La decisión representa una importante derrota para la agenda migratoria de Trump, cuya administración defendía que la expresión “sujetas a la jurisdicción” de Estados Unidos debía excluir a los hijos de inmigrantes indocumentados y de personas con presencia temporal. La Corte rechazó esa interpretación y concluyó que el presidente no podía modificar mediante una orden ejecutiva un derecho reconocido por la Constitución.
El fallo tendrá un impacto particular en estados como Florida y en comunidades como Miami-Dade, donde numerosas familias están integradas por inmigrantes, residentes temporales y ciudadanos estadounidenses nacidos en el país. La decisión elimina la incertidumbre que rodeaba el estatus de los niños que habrían quedado afectados por la orden presidencial.
La ciudadanía por nacimiento continuará aplicándose a casi todas las personas nacidas en territorio estadounidense, con excepciones históricas muy limitadas, como los hijos de diplomáticos extranjeros acreditados. Para millones de familias, la sentencia reafirma que un derecho constitucional no puede depender de la situación migratoria de los padres ni ser eliminado unilateralmente desde la Casa Blanca.
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